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9. Normativa aplicable al forjado colaborante

La aplicación de la normativa vigente garantiza que el forjado colaborante cumpla los requisitos de seguridad estructural, resistencia al fuego y durabilidad establecidos en el marco europeo y nacional. El diseño y ejecución de las losas mixtas deben ajustarse a los Eurocódigos y al Código Estructural en vigor.

La normativa aplicable al forjado colaborante establece los requisitos técnicos necesarios para asegurar la seguridad estructural, la resistencia al fuego y la durabilidad de las losas mixtas acero–hormigón. Estas disposiciones, de ámbito europeo y nacional, definen los criterios de dimensionado, ejecución y control de los materiales empleados en estructuras mixtas.

Normas estructurales principales

El comportamiento mixto del forjado colaborante se fundamenta principalmente en:

  • UNE-EN 1994-1-1 (Eurocódigo 4)
    Regula el cálculo de estructuras mixtas de acero y hormigón, incluyendo la verificación en estados límite últimos y de servicio de la losa mixta.
  • UNE-EN 1994-1-2 (Eurocódigo 4 – Fuego)
    Establece los criterios de resistencia al fuego, definiendo la capacidad portante (R), la integridad (E) y el aislamiento térmico (I).

Complementariamente, se aplican:

  • UNE-EN 1992-1-1 (Eurocódigo 2)
    Define los requisitos de diseño del hormigón armado, incluyendo criterios de resistencia, deformación y durabilidad.
  • UNE-EN 1993-1-3 (Eurocódigo 3)
    Regula el cálculo de elementos de acero conformado en frío, como las chapas colaborantes.

La aplicación conjunta de estas normas permite verificar el comportamiento estructural del sistema tanto en fase de encofrado como en fase mixta.

Código Estructural y marco reglamentario nacional

En España, el Código Estructural (Real Decreto 470/2021) establece las prescripciones generales para el diseño, ejecución y control de estructuras de acero, hormigón y mixtas. Este marco reglamentario integra la aplicación de los Eurocódigos con las especificaciones nacionales, consolidando el entorno normativo aplicable al forjado colaborante en edificación y obra civil.

Fabricación, ejecución y marcado CE

La fabricación y el control de los perfiles de acero empleados en forjados colaborantes se regulan mediante:

  • UNE-EN 1090-2, relativa a la ejecución de estructuras de acero.
  • UNE-EN 1090-4, aplicable a elementos estructurales conformados en frío.

El cumplimiento de estas normas garantiza que los perfiles colaborantes dispongan de marcado CE. De esta forma su fabricación se realiza bajo sistemas de control de producción certificados, con trazabilidad y verificación del comportamiento estructural.

Reacción al fuego de los materiales

La norma UNE-EN 14782 clasifica los productos metálicos no recubiertos orgánicamente como materiales de reacción al fuego Clase A1. Esto implica que no contribuyen a la combustión ni a la propagación de las llamas, aspecto relevante en el comportamiento global del forjado en situación de incendio.

Conclusión

El diseño y ejecución del forjado colaborante deben ajustarse al marco normativo europeo y nacional vigente, integrando los criterios de los Eurocódigos, el Código Estructural y las normas de fabricación aplicables a los perfiles de acero. La correcta aplicación de estas disposiciones garantiza la seguridad estructural, la resistencia al fuego y la durabilidad del sistema.

Manual técnico de Incoperfil

Para la definición completa del sistema, los criterios de diseño, las bases de cálculo, las tablas de resistencia, los detalles constructivos y los procedimientos de puesta en obra, consulte el Manual Técnico del Forjado Colaborante de Incoperfil, disponible bajo registro en el apartado Documentación de la página web.


Última actualización: Mayo 2026

© Incoperfil. Todos los derechos reservados.
El contenido técnico de este artículo forma parte del Manual Técnico del Forjado Colaborante y de la documentación registrada por Incoperfil en ColorIURIS (Acta n.º 1-INCOPERFIL-12.2025).

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Guía técnica

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9. Normativa aplicable al forjado colaborante

La aplicación de la normativa vigente garantiza que el forjado colaborante cumpla los requisitos de seguridad estructural, resistencia al fuego y durabilidad establecidos en el marco europeo y nacional. El diseño y ejecución de las losas mixtas deben ajustarse a los Eurocódigos y al Código Estructural en vigor.

La normativa aplicable al forjado colaborante establece los requisitos técnicos necesarios para asegurar la seguridad estructural, la resistencia al fuego y la durabilidad de las losas mixtas acero–hormigón. Estas disposiciones, de ámbito europeo y nacional, definen los criterios de dimensionado, ejecución y control de los materiales empleados en estructuras mixtas.

Normas estructurales principales

El comportamiento mixto del forjado colaborante se fundamenta principalmente en:

  • UNE-EN 1994-1-1 (Eurocódigo 4)
    Regula el cálculo de estructuras mixtas de acero y hormigón, incluyendo la verificación en estados límite últimos y de servicio de la losa mixta.
  • UNE-EN 1994-1-2 (Eurocódigo 4 – Fuego)
    Establece los criterios de resistencia al fuego, definiendo la capacidad portante (R), la integridad (E) y el aislamiento térmico (I).

Complementariamente, se aplican:

  • UNE-EN 1992-1-1 (Eurocódigo 2)
    Define los requisitos de diseño del hormigón armado, incluyendo criterios de resistencia, deformación y durabilidad.
  • UNE-EN 1993-1-3 (Eurocódigo 3)
    Regula el cálculo de elementos de acero conformado en frío, como las chapas colaborantes.

La aplicación conjunta de estas normas permite verificar el comportamiento estructural del sistema tanto en fase de encofrado como en fase mixta.

Código Estructural y marco reglamentario nacional

En España, el Código Estructural (Real Decreto 470/2021) establece las prescripciones generales para el diseño, ejecución y control de estructuras de acero, hormigón y mixtas. Este marco reglamentario integra la aplicación de los Eurocódigos con las especificaciones nacionales, consolidando el entorno normativo aplicable al forjado colaborante en edificación y obra civil.

Fabricación, ejecución y marcado CE

La fabricación y el control de los perfiles de acero empleados en forjados colaborantes se regulan mediante:

  • UNE-EN 1090-2, relativa a la ejecución de estructuras de acero.
  • UNE-EN 1090-4, aplicable a elementos estructurales conformados en frío.

El cumplimiento de estas normas garantiza que los perfiles colaborantes dispongan de marcado CE. De esta forma su fabricación se realiza bajo sistemas de control de producción certificados, con trazabilidad y verificación del comportamiento estructural.

Reacción al fuego de los materiales

La norma UNE-EN 14782 clasifica los productos metálicos no recubiertos orgánicamente como materiales de reacción al fuego Clase A1. Esto implica que no contribuyen a la combustión ni a la propagación de las llamas, aspecto relevante en el comportamiento global del forjado en situación de incendio.

Conclusión

El diseño y ejecución del forjado colaborante deben ajustarse al marco normativo europeo y nacional vigente, integrando los criterios de los Eurocódigos, el Código Estructural y las normas de fabricación aplicables a los perfiles de acero. La correcta aplicación de estas disposiciones garantiza la seguridad estructural, la resistencia al fuego y la durabilidad del sistema.

Manual técnico de Incoperfil

Para la definición completa del sistema, los criterios de diseño, las bases de cálculo, las tablas de resistencia, los detalles constructivos y los procedimientos de puesta en obra, consulte el Manual Técnico del Forjado Colaborante de Incoperfil, disponible bajo registro en el apartado Documentación de la página web.


Última actualización: Mayo 2026

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